martes 30 de abril del 2024

El PIT-CNT lleva recolectadas 246.527 firmas para habilitar el plebiscito sobre la seguridad social, anunciaron esta semana integrantes de la central obrera. “Creo que estamos en una fase final para entregar las firmas”, aseguró Marcelo Abdala.

El 27 de abril vence el plazo constitucional (6 meses antes de las elecciones nacionales) para presentar las firmas equivalentes al 10 % del padrón electoral, que actualmente se ubica entorno a 2.770.000 ciudadanos, por lo que el porcentaje representa unas 277.000 firmas.

“La idea nuestra es que en lo que queda del mes de abril nuestro pueblo construya una hazaña y una victoria popular de establecer los tres pilares que están sugeridos en la papeleta, de modo que la seguridad social se convierta efectivamente en un derecho humano fundamental y se abra un cauce que permita, mediante legislación, diálogo social, ir a una reforma integral de la seguridad social, pero no solamente sostenible de manera económico-financiera, sino también sostenible de un punto de vista social con igualdad y con derechos”, afirmó Abdala a los colegas de Canal 10.

Plebiscito

La herramienta que posibilita la reforma constitucional es el plebiscito, dado que la Constitución de la República (artículo 79) impide que se realicen referéndums contra leyes en que la iniciativa sea privativa del Poder Ejecutivo, dejando este como el único camino posible para eliminar el lucro en nuestra seguridad social, se da cuenta desde los patrocinadores de la campaña de firmas.

“La reforma constitucional que proponemos asegura que los cambios no dependan de los intereses o intenciones de los diferentes gobiernos electos, sino de la decisión única del soberano. Es imperioso recordar tres de las últimas reformas realizadas en materia de seguridad social han impactado negativamente sobre los derechos e intereses de la ciudadanía respecto a la protección social. Cada reforma supuso una baja en el monto de las prestaciones y eliminación de beneficios”, sostuvo.

En tal sentido se recuerda: a) Acto 9 de 1979, eliminó el aguinaldo en pasividades y redujo la tasa de reemplazo (porcentaje de jubilación real), b) Ley 16.713 de 1995, implementó el régimen mixto (BPS/AFAP) e ingresó el sistema privado de ahorro individual (AFAP), c) Ley 20.130 de 2023, aumentó la edad jubilatoria: pasó de 60 a 65 años, con rebaja de las jubilaciones y el ingreso forzoso al sistema AFAP de los trabajadores que inician su actividad tanto en cajas privadas como públicas y paraestatales.

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