Con el borrador ya desarrollado, el edil colorado Edgardo Lerena trabaja en procura de alcanzar las 11 voluntades que permitan el juicio político al intendente Carmelo Vidalín.
Desestimada por la asesoría letrada del Cuerpo la posibilidad de un nuevo llamado a sala al jefe comunal, el edil de la lista 23 piensa en el juicio político. Como informamos en la edición pasada de El Acontecer, 17 voluntades respaldaron el informe que presentó la presidencia del Cuerpo, haciendo naufragar el que sería el tercer llamado a sala al jefe comunal duraznense en lo que va del presente período.
El caso Cosse
Por estos momentos, el juicio político a la intendenta capitalina Carolina Cosse se roba la atención de los medios políticos del país.
La solicitud de inicio del juicio político se aprobó en la Junta Departamental de Montevideo con los votos de los ediles de la oposición: blancos y colorados. El pedido de juicio político pasó a la Comisión de Constitución del Senado, que deberá analizar si corresponde o no tal extremo sobre la intendenta Cosse, indicó el constitucionalista Ruben Correa Freitas a los colegas de Canal 10. Para ello, deberá analizar el fundamento que presenten los ediles de la oposición como justificación para el juicio. Además, deberán citar a la intendenta para que haga sus descargos, agregó el experto constitucionalista.
Con todos los elementos analizados, la Comisión puede resolver que no hay mérito para un juicio político o proceder a este y llevar el caso al Senado.
El fin último del juicio político, en este caso, es la destitución de Cosse como intendenta del departamento de Montevideo. Para llegar a ese extremo se requiere del voto a favor de dos tercios de los componentes del Senado, cifra que la coalición de gobierno (oposición en Montevideo) no tiene por sí sola.
El borrador en que trabaja Lerena

El borrador en que Lerena viene trabajando, amparado en artículos de la Constitución de la República —296, 284 y 285—, atiende a la no respuesta, en un período mayor al año, de varios pedidos de informes, a la vez que en forma “permanente” ha violado la Constitución.
Los siete puntos manejados por el legislador colorado son los siguientes: “1) por la aplicación de los artículos 296 y 93, violación de la constitución. 2) por violación del artículo 302. 3) por violación del artículo 211, Literal C. 4) por violación del artículo 86. 5) por violación del artículo 223. 6) por violación del artículo 214. 7) por violación del artículo 215”.
La Constitución
El artículo 296 establece que “los Intendentes y los miembros de la Junta Departamental podrán ser acusados ante la Cámara de Senadores por un tercio de votos del total de componentes de dicha Junta por los motivos previstos en el artículo 93.
La Cámara de Senadores podrá separarlos de sus destinos por dos tercios de votos del total de sus componentes”.
El artículo 93, a todo esto, da cuenta de que “compete a la Cámara de Representantes el derecho exclusivo de acusar ante la Cámara de Senadores a los miembros de ambas Cámaras, al Presidente y el Vicepresidente de la República, a los Ministros de Estado, a los miembros de la Suprema Corte de Justicia, del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, del Tribunal de Cuentas y de la Corte Electoral, por violación de la Constitución u otros delitos graves, después de haber conocido sobre ellos a petición de parte o de algunos de sus miembros y declarado haber lugar a la formación de causa”.