Los candidatos del Frente Amplio ya se están conociendo. No hay mucha sorpresa: Andrés Lima, el jefe comunal de Salto ya había dado el grito de “aquí estoy yo”, quedaban Yamandú Orsi y Carolina Cosse.
Este pasado fin de semana el Movimiento de Participación Popular (MPP) dio el grito: ahí está Orsi, lo ofrecemos y queda que lo haga Cosse, pero no lo va a hacer Cosse. Lo va a hacer la oposición a Cosse en verdad la Coalición de gobierno
Me explico: en estos días se reflotó el juicio político a la jefa comunal montevideana, tras el episodio Lali Espósito y su abultado caché.
Como ella ha defendido a capa y espada el mismo y su política cultural que entre paréntesis no existe, la oposición montevideana sacó para afuera el juicio político contra la intendenta cosa que tiene que aprobar el Senado. Por lo pronto la Comisión de Constitución y Legislación del Senado ya aprobó de dar vista al juicio político contra Cosse, por no haber respondido algunos pedidos de informes que elevaron desde la oposición capitalina.
¿Qué puede pasar? Nada. Los votos para enjuiciarla no están. Se requiere mayoría de dos tercios que resulta muy difícil de lograr, y de hecho nunca se ha logrado contra alguien que ocupara un alto cargo. Incluso este juicio político ya ha generado discrepancias en la interna gubernamental. Para el diputado colorado Felipe Schipani, el timing no fue el correcto, y Beatriz Argimón y Germán Coutinho se manifestaron en contra; pero Laura Raffo cree que es una “herramienta válida”.
Pero antes busquemos donde están las condiciones para enjuiciar a la jefa comunal. La Constitución no tiene agrupado en algún lugar lo que corresponde al juicio político, esta desparramado a lo largo de sus 322 artículos, que además no lo llama de esa manera en ningún momento.
- El 93 dice que la Cámara de Representantes tiene “el derecho exclusivo de acusar” ante el Senado a cualquier legislador, al presidente y el vicepresidente de la República, a los ministros y a quienes integran la Suprema Corte de Justicia, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, el Tribunal de Cuentas y la Corte Electoral “por violación de la Constitución u otros delitos graves, después de haber conocido sobre ellos a petición de parte o de algunos de sus miembros y declarado haber lugar a la formación de causa”.
- El 296 establece que las juntas departamentales también pueden acusar ante el Senado, por los mismos motivos, a cualquiera de sus integrantes o al intendente de su departamento, pero que para ello basta con el voto de un tercio de los ediles (recordemos que la mayoría absoluta de una Junta se le adjudica al partido que ganó la intendencia).
- El 102 indica que, cuando el Senado recibe este tipo de imputaciones, le “corresponde abrir juicio público a los acusados” y “pronunciar sentencia al solo efecto de separarlos de sus cargos, por dos tercios de votos del total de sus componentes”. No es la Constitución, sino el reglamento del Senado, el que establece que, antes de que el asunto se trate en el plenario de esa cámara, queda a cargo de su Comisión de Constitución y Legislación.
- El artículo 114 explica que las acusaciones a legisladores mencionadas en el 93 no requieren, como las que provienen del sistema judicial, un “levantamiento de fueros” por parte de la cámara que integran.
- El 172 y el 178 abordan, respectivamente, las acusaciones al presidente y a los ministros, reiterando que en ambos casos es posible que el Senado, por mayoría de dos tercios, los suspenda en el ejercicio de sus funciones. De todo esto es necesario retener tres datos básicos.
Como se puede ver es bastante complicado y no es tan directo. Mientras tanto a nivel mediático el juicio sí es directo y cada uno de los actores se pronuncia. Esto está indicando que la Coalición, aunque haya matices y discrepancias como ya vimos, ya está incidiendo en la interna del Frente Amplio, porque la figura de Carolina Cosse esta un día y otro también en la cresta de la ola, ya por Lali Espósito, ya por este juicio, transformándose en un objetivo de la coalición para que crezca en la interna. Sí, para que crezca en la interna. Leyó bien.
Recordemos y no es un dato menor que para ser candidato a la presidencia primero hay que ganar la elección interna de los partidos políticos que se celebra el mismo día y que cada partido puede presentar todos los candidatos que estime conveniente de acuerdo a su estrategia electoral. En el Frente Amplio además de los nombrados, Cosse, Orsi, Lima el senador Mario Bergara tiene muchas ganas de ser precandidato, por lo que si eso se diera así se dividen los votos de Orsi y los de Bergara, seguramente favoreciendo a Cosse, quien además tiene claro que lo primero es lo primero y esto es ganar la interna.
Para ello cuenta con el apoyo del aparato del Partido Comunista, además del apoyo, aunque de afuera así no se vea, de la propia coalición de gobierno que quiere que la interna la gane Cosse porque se estima que muchos frenteamplistas no la votaran. Cosse polariza y eso no es un secreto para nadie: se la ama o se la deja. De ahí que la estrategia del juicio político lejos de complicarla, la favorece al aparecer en la interna frenteamplista frente al votante más radicalizado, el que vota en la elección interna, que no es obligatoria, como una víctima del gobierno. Y, ¿qué mejor que votar por alguien que es verdaderamente opositor?